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Educación Superior, proceso de admisión 2021 y el art. 14 de la ley 21.091

La exigencia del artículo 14 de la ley 21091 y la protección de datos personales

Hemos partido el segundo semestre, muchas instituciones de educación superior se preparan para en retorno a clases e iniciar además los planes de admisión y matrícula para el período académico 2021. En este sentido el artículo 14 de la Ley 21.091 nos presenta un importante desafío, qué dice esta norma.

El artículo 14 de la ley 21.091 se encuentra en el párrafo del sistema de admisión y dice textualmente:

Artículo 14.- El Sistema de Acceso regulado en esta ley, así como los procesos e instrumentos de acceso que utilicen las instituciones de educación superior, deberán resguardar especialmente los principios de no discriminación arbitraria, transparencia, objetividad y accesibilidad universal, éste último de conformidad a lo dispuesto en el artículo 3 de la ley N° 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad. Asimismo deberán ajustarse a lo dispuesto en la ley N° 19.628 que establece normas sobre protección de la vida privada.

Un reglamento del Ministerio de Educación regulará las materias señaladas en el presente párrafo. El Ministerio de Educación fijará los aranceles que deberán pagar las instituciones de educación superior para la utilización del Sistema de Acceso, según corresponda.”

Tal como lo indica el inciso 1º del articulo 14 de la ley 21.091 las Instituciones de Educación Superior IES, deberán ajustar sus procesos de admisión a la mencionada ley y es aquí donde quiero mencionar los niveles de responsabilidad que deberán tener al tratar los datos de sus estudiantes , además, el Ministerio de Educación a través de la Subsecretaría de Educación Superior deberá elaborar un reglamento que regule el proceso de admisión a las IES y tratar en especial este y otros temas. Será interesante ver qué aspectos son los que tratará en materia de protección de datos, exigirá a caso un sistema de gestión de datos personales, pedirá la instalación de algún estándar como la ISO/IEC 27.701 , entre otro, estos temas son los que debemos estar atentos para considerar las nuevas exigencias que son expresamente requeridas en la educación superior a partir de la ley 21.091, un verdadero compliance educacional es el que habrá que desarrollar en las instituciones de educación superior en todos sus niveles.

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