Sentencia de protección de datos

Sentencia de la Corte de Apelaciones por lanzar documentación bancaria de clientes

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó a un banco por infracción a la Ley de Protección de Datos de sus clientes al botar en un vertedero ilegal documentos personales y financieros.

En fallo dividido (rol 11.788-2017), la Séptima Sala del tribunal de alzada  -integrada por el ministro Alfredo Pfeiffer, el fiscal judicial Jorge Norambuena y el abogado (i) Ángel Cruchaga- confirmó la sentencia del Quinto Juzgado Civil de Santiago que condenó al Banco Santander por negligencia al lanzar en un sitio eriazo de la Cuesta Barriga documentación bancaria de sus clientes, hecho que fue descubierto en octubre de 2015.
La sentencia del tribunal de alzada ratifica la sentencia (rol 29.211-2015) de la jueza Soledad Jorquera Binner que estableció la falta de resguardo del banco en el control de datos de sus clientes.

“Como se adelantó, la ley 19.628 asigna una serie de obligaciones al responsable de las bases de datos, dentro de las cuales se encuentran, de modo general, la de respetar el pleno ejercicio de los derechos fundamentales de los titulares de datos y la de cuidar de los datos con la debida diligencia, y de modo específico, la de eliminar o cancelar los datos personales cuando su almacenamiento carezca de fundamento legal o cuando hayan caducado, y la de utilizar tales datos para los fines para los cuales hubieren sido recolectados, ambas cuestiones que en el caso guardan relación directa con la regulación del secreto bancario en los artículos 154 y siguientes del D.F.L. N° 3 o Ley General de Bancos. A modo de síntesis de la normativa comentada, puede extraerse como principio rector el deber general que pesa sobre el gestor de datos de resguardar la seguridad de éstos”, dice el fallo de primera instancia.

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