Esta pandemia le ha dado mucha fuerza a las criptomonedas – criptoactivos, esta es una verdadera ola que lleva a estar involucrados de una u otra manera, ello por la masiva impresión de dólar desde EE.UU y por otra parte el alto interés hacia la vida digital está llevando a que los mayores retornos estén siendo en activos digitales. Solamente en el primer trimestres de este año los retornos de bitcoins fueron 103% o Etherum 169% , estos son grandes retornos si se comparan con otros sectores económicos.
Por eso estamos viendo una ola de crecimiento tan positivo y atractivo para participar en criptoactivos. En la actualidad se usa este concepto para referirse a una amplia variedad de activos, aunque no ha una definición válidamente aceptada. Las autoridades reguladoras han optado por diversos definiciones para los roles que tienen a su cargo: El Banco Central Europeo lo ha definido como “todo activo registrado en forma digital que no es ni representa un derecho ni una obligación financieros de ninguna persona física o jurídica, y que no incorporar un derecho de propiedad contra una entidad”
La GAFI, Grupo de Acción Financiera internacional los califica como “representaciones digitales de valor que pueden ser comercializados digitalmente o transferidos, así como utilizados para fines de pago o de inversión”.
La Autoridad Bancaria Europea (ABE) lo define de manera similar a un activo que, a) depende principalmente de la criptograma y de la DLT o de una tecnología similar como parte de su valor percibido o inherente, b) no está emitido ni garantatizado por un banco central o una autoridad pública c) puede utilizarse como medio de intercambio y/o con fines de inversión y/o para acceder a un bien o servicio.
La propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a los mercados de criptoactivos y por el que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937 lo define como “una representación digital de valor o derechos que puede transferirse y almacenarse electrónicamente mediante la tecnología de registro descentralizado o una tecnología similar”
Para algunos autores en cuanto a la definición del concepto de criptoactivos indican que hay diversos textos jurídicos y documentos de políticas públicas que utilizan diversos términos en varios textos jurídicos , empleando conceptos tales como “criptomonedas” , “monedas virtuales” “monedas” , “monedas digitales” o “activos digitales” para referirse a algunos o a todos los tipos de criptoactivos.
Lo que si tienen en común son las siguientes característica: 1) está registrado en alguna forma de libro mayor digital distribuido asegurado con criptograma b) por lo general hace uno de la tecnología blockchain o DLT c) puede utilizarse como medio de intercambio o pago, con fines de inversión, para acceder a un producto o servicio, o bien una combinación de los anteriores. (Fuente: Criptoactivos, retos y desafíos normativos, Barrios. M, 2021).
Definiciones en Chile:
Para el SII el bitcoin es ” se debe tener presente que, en términos muy generales, el bitcoin es un activo digital o virtual, soportado en un registro digital único denominado blockchain, desregulado, desintermediado y no controlado por un emisor central, cuyo precio está determinado por la oferta y la demanda.” Fuente SII, Oficio N°963, de 14.05.2018.
Para el Banco Central de Chile, “Los criptoactivos son un tipo de activo que se genera utilizando la tecnología DLT (Recuadro IV.1). Sus funciones pueden ser variadas e incluyen tanto las de representar un valor, entendido, por ejemplo, como un derecho sobre el patrimonio de su emisor; como las de intentar ser utilizados como un medio de pago y servir funciones similares a las del dinero. Esta última función se relaciona con su común denominación de “criptomonedas” y es la materia específica de análisis de este Recuadro.” Fuente: Informe de Estabilidad Financiera, Primer semestre de 2018.
El gran desafío que se presenta a los reguladores a nivel mundial va a ser definir un concepto consensuado que permita generar uniformidad en la mirada de los alcances que se le quiera dar. Este tema deja de ser una tema territorial para tener un efecto global. Dado el crecimiento sostenido que están teniendo los criptoactivos, muy pronto veremos acuerdos internacionales sobre los alcances de esta definición.