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Proyecto de ley de plataformas digitales

Proyecto de ley de plataformas digitales.

En el Senado en el marco del debate del proyecto de protección de los neuroderechos y la integridad mental, y el desarrollo de la investigación y las neurotecnología (Boletín N° 13828-19). En la citada instancia se analizó la influencia de las neurotecnologías reflexionándose cómo las redes sociales y aplicaciones también impactan en la percepción y el desarrollo cognitivo.

La moción regula la situación de las plataformas de servicios digitales que redireccionan su contenido a Chile, así como los usuarios de ellas. Se entenderá por éstas “toda infraestructura digital cuyo propósito es crear, organizar y controlar, por medio de algoritmos y personas, un espacio de interacción donde personas naturales o jurídicas puedan intercambiar información, bienes o servicios”.

En uno de los artículos de la iniciativa señala que “será objetivo prioritario de los poderes públicos garantizar que las plataformas digitales traten el tráfico de datos de manera equitativa sin discriminación, restricción o interferencia, e independientemente del emisor y el receptor, el contenido al que se accede o que se distribuye”.

La moción fue presentada por los senadores Guido Girardi, Carolina Goic, Francisco Chahuán, Juan Antonio Coloma y Alfonso De Urresti.

Fuente: Senado

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