Un tema que cada vez más toma valor es la protección de los intangibles que creamos en nuestra organización. Debemos comprender que tenemos un gran valor en lo que estamos creando, eso que es nuevo tiene un valor, bajo o alto, pero en algún momento el mercado va a pagar por él, como protegemos esas creaciones, ese libro, esa canción o ese software deben ser protegido, para ello existe la Ley 17.336 . Esta ley nos define el derecho de autor, “Artículo 1°- La presente ley protege los derechos que, por el solo hecho de la creación de la obra, adquieren los autores de obras de la inteligencia en los dominios literarios, artísticos y científicos, cualquiera que sea su forma de expresión, y los derechos conexos que ella determina.
El derecho de autor comprende los derechos patrimonial y moral, que protegen el aprovechamiento, la paternidad y la integridad de la obra.”
En Chile si quieres registrar una creación debes protegerla para ello es importante visitar el sitio web Propiedad Intelectual.
Derecho de Autor
• El derecho de autor es una rama de la propiedad intelectual.
• Está referido principalmente a las obras literarias, musicales, artísticas, fotográficas y audiovisuales, Software.
El derecho de autor comprende los derechos morales y patrimoniales.
Morales:
– Reivindicar la paternidad de la obra, asociado a su nombre o seudónimo
– Oponerse a toda deformación, mutilación u otra modificación hecha sin su expreso o previo consentimiento.
– Mantener la obra inédita.
– Autorizar a terceros a terminar la obra inconclusa, previo consentimiento del editor.
– Exigir que se respete la de mantener la obra anónima o seudónima, mientras pertenezca al patrimonio cultural común.
Patrimoniales:
– Son aquellos que permiten la utilización económica de la obra.
– Derecho de reproducción.
– Derecho de comunicación al público.
– Derecho de representación frente al público.
Riesgos legales
a. Tener claro los riesgos de vulnerar la propiedad intelectual, bien sea derecho de autor o propiedad industrial
b. Responsabilidades civiles y penales, ojo con los riesgos.
Tips de la semana
a. No confundir el derecho de autor con la propiedad industrial
b. Tienen leyes diferentes por tanto regulaciones distintas.
c. Los organismos que registran son diferentes Uno es INAPI y otro es el departamento de propiedad intelectual.