En el actual contexto que estamos viviendo donde el uso de plataformas digitales es una norma transversal, un etapa que hay que considerar es el del ciberacoso estas acciones tienen hoy más que nunca un nivel de impacto relevante a nivel de las instituciones de educación superior. Si bien en educación escolar tenemos la ley de violencia escolar ley 20.536 en educación superior este tema debe ser abordado por la Superintendencia de Educación Superior.
Este tipo de acciones incluye todas aquellas conductas de burla, difamación, agresión, amedrentamiento e intimidación en contra de un individuo o grupo a través de teléfonos móviles o Internet (blogs, chat, correos, redes sociales, entre otras.), lo cual tiene enormes consecuencias psicológicas en los afectados que ven totalmente vulnerada su identidad en su entorno social.
En el ciberbullying se utilizan distintas plataformas comunicacionales con el objetivo de hostigar con ensañamiento a una víctima. Las herramientas disponibles en Internet ayudan a la propagación de ese comportamiento en el que las víctimas reciben malos tratos de sus iguales, sea a través de ridiculiza a los afectados, dado que el victimario actúa desde el anonimato es muy difícil realizar la identificación del responsable.
Hay además algunas nuevas tendencias, como el hostigamiento o acoso en línea (cyberstalking y cyberharassment). El acoso en línea (cyberharassment), como el acto de provocar en forma intencional un malestar emocional a la víctima de carácter sustancial, a través de expresiones en línea persistentes, de modo que formen parte de un curso de acción, y no sean solamente un incidente aislado”, se le ha calificado como pasar desde el acoso físico presencial a un entorno virtual.
Por otra parte se encuentra el doxing que es una publicación intencional en internet de cualquier información personal sobre una persona. Cuando el victimario comienza con acoso identificando donde vive la víctima, dirección de su familia, u otros casos nos encontramos en esta tipo de conductas. Su nombre deriva la expresión de la cultura hacker ‘dropping dox’ (que se puede traducir como botar documentos)”
Otro caso es la difusión de imágenes íntimas sin consentimiento. Este tipo de acciones es la difusión de imágenes íntimas sin consentimiento, también conocido como “porno venganza”, el cual puede ser ejecutado por una ex pareja o persona conocida. El que se consienta tomar estas fotografías o videos no significa que se autorice el almacenamiento o difusión de las mismas.
Este nuevo entorno obliga a tomar acciones frente al uso de plataformas de e-learning , es importante crear y definir protocolos de acciones a la luz del reglamento académicos, definir el ámbito de aplicación de esos protocolos, como también tener claridad en ajustar esos protocolos a la luz de la ley 21.091 y la revisión de los principios de la ley. Tener protocolos y procedimiento de sumario, con definiciones, alcances y ámbito de aplicación, procedimientos, objetivo de la investigación, las Sanciones correspondientes en el Reglamento Académico y los mecanismos de apoyo para los estudiantes. Estas tareas requieren ser revisadas por las instituciones para el ecosistema digital en que estamos realizando las clases.