La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa de 40 UTM (unidades tributarias mensuales) aplicada al sitio web de reservas hoteleras Booking.com Chile SpA por infracción a la ley de protección de los derechos de los consumidores.
En fallo unánime (causa rol 607-2018), la Novena Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Adelita Ravanales, María Rosa Kittsteiner y el abogado (i) Gonzalo Ruz Lártiga– confirmó la sentencia impugnada, dictada por el Segundo Juzgado de Policía Local de Las Condes, que estableció la responsabilidad de la empresa por no respetar oferta de reserva de alojamiento en hotel de Nueva York.
“En relación a los hechos denunciados debe considerarse lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley N° 19.496 sobre protección a los Derechos de los Consumidores (…) en este orden, consta de las evidencias del proceso, especialmente de los correos electrónicos acompañados por ambas partes que habiéndose ofrecido por el sitio web Booking.com una tarifa de USD 80 por noche en el Hotel Fairfield Inn&Suites by Marriott New York Manhattan/ Fifth Avenue; lo que fue conocido y aceptado por la consumidora (…) al contratar la reserva de un alojamiento para los días 18 al 21 de marzo de 2017 bajo los términos ofrecidos que fue posteriormente dejado sin efecto, pretendiendo cambiarse o sustituir el hotel por otro, nuevas condiciones que no fueron aceptada por la consumidora, habiéndose cancelado por el proveedor la reserva que se concertó en los términos en que fue ofrecida”, sostiene el fallo de primera instancia
Resolución confirmada que agrega que dichas circunstancias “constituirían infracción a la norma señalada; debiendo desestimarse al respecto, la defensa de la parte denunciada, en tanto atribuye el cambio en las condiciones ofrecidas y convenidas del hotel al proporcionar la tarifa, puesto que no rindió prueba tendiente a acreditar dicha alegación”.
Fuente: Poder Judicial