GDPR: Guía de tratamiento de datos de la Unión Europea

El nuevo reglamento de Protección de Datos de la Unión Europea entró en vigor en mayo de 2016, pero entrará en aplicación éste 25 de mayo de 2018.

El RGPD es una norma directamente aplicable, que no requiere de normas internas de trasposición ni tampoco, en la mayoría de los casos, de normas de desarrollo o aplicación. Por ello, los responsables deben ante todo asumir que la norma de referencia es el RGPD y no las normas nacionales, como venía sucediendo hasta ahora con la Directiva 95/46. No obstante, la ley que sustituirá a la actual Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) sí podrá incluir algunas precisiones o desarrollos en materias en las que el RGPD lo permite.

Esta nueva norma modifica algunos aspectos del régimen actual y contiene nuevas obligaciones que deben ser analizadas y aplicadas por cada organización teniendo en cuenta sus propias circunstancias.

El RGPD mantiene el principio recogido en la Directiva 95/46 de que todo tratamiento de datos necesita apoyarse en una base que lo legitime. También recoge las mismas bases jurídicas que contenía la Directiva y que reproduce la LOPD:
• Consentimiento.
• Relación contractual.
• Intereses vitales del interesado o de otras personas.
• Obligación legal para el responsable.
• Interés público o ejercicio de poderes públicos.
• Intereses legítimos prevalentes del responsable o de terceros a los que se comunican los
datos.

Estos son algunos de los cambios que ustedes pueden revisar en la siguiente guía AQUI.

 

Fuente: Agencia de Protección de Datos de España

 

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