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e-sports parte II

Regulación de los e-sport tendencias normativas.

Tal como lo decíamos ayer, el mundo de los e-sport lleva de la mano diversos ámbitos regulatorios. Por una parte están los videojuegos que tienen en su entorno la existencia de derechos autor y/o industrial pertenecientes a la empresa desarrolladora (publisher), que es quien lo ha diseñado o adquirido su propiedad. Para la utilización del videojuego nos encontramos con la concesión por el publisher al usuario de una licencia limitada al uso y goce individual del mismo sin ánimo de lucro, cuando hablamos de competiciones, son otros los derechos de autor que entran en juego: en concreto, la licencia que se conceda al promotor deberá incluir también el derecho de comunicación pública, que es el derecho que facilita que una pluralidad de personas pueda tener acceso a la obra sin previa distribución a cada una de ellas por separado.

Dado que la masificación de los e-sport se encuentran en el avance de internet, es importante considerar, por ejemplo la retransmisión en streaming de los juegos a través de canales de pago. Cuando toda la actividad de los jugadores en este aspecto estaba enfocada a la generación de beneficios propios, esto no suponía conflicto alguno, sin embargo, la irrupción de la estructura por equipos ha puesto la primera piedra para la profesionalización de su figura, ya que no solo se les paga una retribución mayor o menor (con independencia de las abismales desigualdades), sino que se espera de ellos una serie de comportamientos asimilables a los impuestos por la ética deportiva y la disciplina de equipo.

En este campo regulatorio podemos encontrarnos con situaciones como la la prohibición a los jugadores de emitir sus juegos por streaming durante las jornadas, además, los premios o la rentabilidad de tales competiciones pueden no equivaler a las cantidades que en ocasiones se alcanzan de forma regular mediante el streaming, hay jugadores que han mostrado su disconformidad a participar en ciertas ligas.

Actualmente, pocos países han entrado a regular estas materias, por ejemplo Francia, la solución que ha surgido con mayor fuerza actualmente es una mezcla de autorregulación junto a disposiciones generales de las leyes locales. La principal desventaja de esta situación no viene del lado de la autorregulación, que si funciona correctamente no tendría ningún impedimento legal, sino del problema de acudir a una regulación general en casos de complejidad jurídica muy específica, como la organización de eventos deportivos o el régimen jurídico de los jugadores o clubes. A esto hay que añadir el problema de la fragmentación legislativa que existe dentro de la Unión Europea, pero también dentro de cada estado, ya que en algunos países, como España o Alemania, podemos tener normativas diferentes en cada región, lo que dificulta la seguridad jurídica y la estabilidad.

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